¿Cuál es el objetivo del Sistema de Responsabilidad Solidaria, SIRESO?
El objetivo del SIRESO es facilitar el cumplimiento de lo que se indica en el artículo 29 Bis de la Ley del Infonavit respecto al envío de información de los trabajadores de los patrones que tengan personal en el esquema de subcontratación.
Así en el caso de que en la contratación de trabajadores participe un intermediario laboral o contratista y el beneficio del trabajo lo reciba otra persona, a la que se denomina beneficiario o contratante, ambos serán responsables solidarios entre sí y en relación con el empleado para con las obligaciones que contempla la ley.
Se considera patrón aquella unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios que se constituye de acuerdo a la legislación vigente, que tiene un lugar de negocios y brinda un servicio o producción de un bien con material y trabajadores propios y suficientes, quienes estarán bajo el mando y subordinación solamente del patrón.
De esta forma cuando un patrón ponga a disposición de un beneficiario a trabajadores, los contratantes y contratistas, ya sean personas físicas o morales, deberán comunicar de forma trimestral lo siguientes:
- Nombre, denominación social, clase de persona moral, objeto social, domicilio social, fiscal, RFC y NRP, entre otros.
- Objeto del contrato, vigencia, perfiles, puestos o categorías, la justificación del trabajo especializado y el número de empleados que se va a poner a disposición del beneficiario de los servicios.
¿Quiénes pueden acceder al servicio de SIRESO?
- Patrón con trabajadores: o contratista. Se trata de la persona física o moral que contrata a los trabajadores y asume la responsabilidad de brindar los beneficios de seguridad social y aportaciones de vivienda, así como el pago del salario y la retención de impuestos correspondiente por sueldos y salarios.
- Patrón sin trabajadores: o contratista intermediario. Es la persona física o moral que no presenta trabajadores propios ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS, pero que provee de empleados al beneficiario de acuerdo a un contrato o convenio comercial y que factura el servicio de outsourcing o subcontratación.
- Beneficiario: o contratante. La persona que recibe el beneficio directo de los trabajadores contratados por otra persona física o moral.
¿Cómo se presenta el Sistema de Responsabilidad Solidaria?
La presentación del SIRESO se puede realizar en línea a través del Portal Empresarial del Infonavit.
Tendrás dos modalidades:
- Para patrón con trabajadores y beneficiario con NRP
- Patrón sin trabajadores y beneficiario sin NRP.
Presentación del SIRESO para patrón con trabajadores y beneficiario con NRP
En el caso de que seas patrón o beneficiario que cuente con Número de Registro Patronal, NRP, y tienes trabajadores registrados, podrás verificar tu acceso al Portal Empresarial.
A este servicio podrás acceder si estás registrado en el Portal Empresarial del Infonavit previamente. Asimismo, otros requisitos para poder presentarlo son:
- Datos del contrato de subcontratación.
- Datos de los trabajadores subcontratados.
Una vez cuentes con el registro en el portal empresarial y con los datos anteriores, tendrás que seguir estos pasos para la presentación del SIRERO:
- Ingresar al Portal Empresarial. Una vez dentro, tendrás que ir a la sección de “Mis trámites” y clicar en la opción “SIRESO”.
- Deberás leer y aceptar los términos y condiciones.
- Tendrás que seleccionar el perfil que te corresponde.
- Descarga los formatos y captura los datos que te solicitan.
- Tras ello, deberás presentar la información.
- El sistema te enviará un correo con el estatus de tu trámite.
Cuando realizar la presentación obtendrás un acuse de recibo y la obligación se dará por cumplida.
Presentación del SIRESO para patrón sin trabajadores y beneficiario sin NRP
En el caso de que sea un patrón sin trabajadores o beneficiario sin NRP, podrás realizar el envío de la información directamente en el portal del Infonavit.
Para ello debes cumplir una serie de requisitos previamente como:
- Datos del contrato de subcontratación.
- Datos de los trabajadores subcontratados.
- Registro Federal de Contribuyentes, RFC, del patrón sin trabajadores registrados o del beneficiario sin NRP.
Debes tomar en cuenta que tu RFC no debe estar asociado al NRP puesto que sino tendrás que realizar la presentación en el Portal Empresarial del Infonavit mediante el proceso anterior.
Una vez claro lo anterior, los pasos que debes seguir para presentar el SIRESO son:
- Deberás ingresar al “Trámite para enviar información trimestral conforme al artículo 29 Bis de la Ley del Infonavit“.
- Tendrás que leer detalladamente los términos y condiciones, y aceptarlos para continuar.
- Captura tu RFC.
- Selecciona el perfil que te corresponde.
- Tendrás que descargar los formatos y capturar los datos que te han solicitado.
- Deberás registrar un correo electrónico.
- Tras ello, presenta la información.
- Ahora solo te queda esperar el correo con el estatus de tu trámite.
Igual que en caso anterior, obtendrás un acuse de recibo y con ello se dará por cumplida la obligación de presentar la información a través del SIRESO.
¿Cuáles son tus obligaciones patronales en materia de vivienda?
Cuando realizas tu aportación patronal al Infonavit así como las amortizaciones de crédito de tus trabajadores, además de cumplir con tus obligaciones fiscales, estarás permitiendo que estos tengan derecho a una vivienda propia o cuenten con un mejor fondo en el momento que decidan retirarse de su vida laboral.
Por ello, debes cumplir con tus obligaciones patronales con el instituto de forma completa y oportuna de manera bimestral.
Principales obligaciones con los trabajadores
Respecto a tus trabajadores, tendrás una serie de obligaciones con tu aportación patronal al Infonavit como:
- Debes inscribir tu empresa ante el IMSS.
- Tendrás que registrar a tus trabajadores ante el IMSS. Al hacerlo, automáticamente se convertirán en derechohabientes del Infonavit.
- Manifestar el salario diario integrado que aportas en ese momento y pagar bimestralmente al Infonavit el 5% de esa cantidad por cada uno de los trabajadores que tengas a cargo.
- Cuando modifiques la situación laboral de tus trabajadores, tu empresa cambie de domicilio, razón social, la cierres, etc., deberás avisar al IMSS dentro de los cinco días hábiles siguientes al momento en el que ha ocurrido dicha modificación.
- En el caso de que tengas una empresa de construcción y la asistencia de los trabajadores sea esporádica, entrega al IMSS una constancia con los días que trabajan al mes y el salario que han percibido.