En este artículo te vamos a contar:
- ¿Qué es y para qué sirve el RESICO?
- Características del RESICO
- ¿Quiénes pueden tributar en el RESICO?
- ¿Quiénes no pueden tributar en el RESICO?
- Cómo configurar tu cuenta para el RESICO
- Aprende a generar tus facturas de venta
1. ¿Qué es y para qué sirve el RESICO?
El Régimen Simplificado de Confianza o RESICO es una forma sencilla y simple para realizar el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El RESICO permite que la administración de las personas tanto físicas como morales se realice de manera rápida y eficaz, además de contemplar tasas gravables menores al considerar los niveles de ingreso que se reportan mensualmente, es decir, a menores ingresos, menores tasas de ISR.
2. Características del RESICO
Algunas de las características del RESICO son:
- Tasas progresivas para el pago de ISR sobre ingresos efectivamente facturados y cobrados:
Ingresos mensuales | Tasa aplicable | Ingresos anuales | Tasa aplicable |
Hasta 25,000.00 | 1.00 % | Hasta 300,000.00 | 1.00 % |
Hasta 50,000.00 | 1.10 % | Hasta 600,000.00 | 1.10 % |
Hasta 83,333.33 | 1.50 % | Hasta 1,000,000.00 | 1.50 % |
Hasta 208,333.33 | 2.00 % | Hasta 2,500,000.00 | 2.00 % |
Hasta 291,666.66 | 2.50 % | Hasta 3,000,000.00 | 2.50 % |
- Límite de 3.5 millones de pesos como ingresos anuales.
- Declaraciones prellenadas con una línea de captura para realizar el pago en ventanilla o desde la banca en línea.
- Realizar una declaración mensual, a más tardar el día 17 del mes posterior.
3. ¿Quiénes pueden tributar en el RESICO?
El RESICO está disponible para las personas contribuyentes físicas y morales, pero para ambos casos las especificidades son distintas.
Por un lado, para las personas físicas que quieran adscribirse al RESICO, deberán tener un ingreso menor a 3.5 millones de pesos facturados relacionados con su actividad económica, la cual puede ser en:
- Actividades empresariales y profesionales.
- Régimen de Incorporación Fiscal.
- Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento).
- Actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.
Además, es importante señalar que con el RESICO no pueden participar los trabajadores asalariados que estén bajo el Régimen de Sueldos y Salarios.
Por otro lado, las pequeñas y medianas empresas contribuyentes bajo la forma de personas morales pueden registrarse en el RESICO siempre y cuando tengan ingresos menores a 35 millones de pesos.
Cabe destacar que el RESICO no es compatible con algún otro régimen fiscal para personas morales.
4. ¿Quiénes no pueden tributar en el RESICO?
Las situaciones en las que personas físicas o morales no pueden adscribirse en el RESICO son diversas.
Aquí te enlistamos algunas para que las contemples:
Para las personas físicas:
- Si eres socio, accionista o conformas una persona moral.
En el caso de las personas morales, las situaciones son:
- Cuando alguno de los socios participen o sean partes relacionadas en otras sociedades mercantiles.
- Si tienen actividades mediante fideicomisos o asociación en participación.
- Que deban tributar por realizar algunas de las siguientes actividades:
- Instituciones de crédito en el Régimen General de Ley.
- En el Régimen Opcional para Grupo de Sociedades.
- En el Régimen de los Coordinados.
- En el Régimen de las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.
- En el Régimen de las Personas Morales con fines no lucrativos.
- En el Régimen de Sociedades Cooperativas de Producción que optan por diferir sus ingresos.
- Aquellos contribuyentes que dejen de tributar bajo el RESICO.
5. Cómo configurar tu cuenta para el RESICO
Para saber en qué régimen tributas actualmente e inscribirte al RESICO, puedes ingresar a la página web del SAT con tu e.firma y tu contraseña, ya sea si eres persona física o moral, y revisa tu Constancia de Situación Fiscal, pues ahí aparece el régimen al que perteneces.
Para hacer el cambio hacia el RESICO, si es que cumples con todos los requerimientos, deberás realizar el siguiente proceso:
- Ingresa al SAT. Selecciona el apartado de “Personas”. Da click en “Trámites del RFC”, después en “Actualización en el RFC” y, por último, selecciona la opción “Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligatorias”.
- Se desplegará una pantalla en donde aparece el botón de “Iniciar”, da click en él.
- Se abrirá otra ventana para acceder al portal, en donde tienes que identificarte con la e.firma y tu contraseña.
- Coloca la fecha del día y continúa el proceso.
- Se desplegará otra ventana en donde se te cuestiona por qué estás optando por el RESICO. Selecciona la respuesta que más se adecúe a tus actividades.
- Acepta las obligaciones del régimen y da click en continuar.
- Selecciona las actividades económicas de acuerdo al perfil que seleccionaste y, posteriormente, elige una opción más detallada.
- Elige el porcentaje de la actividad que seleccionaste.
- Se desplegará el resumen de cambios, da click en guardar y confirmar y ¡listo! Ya estás tributando bajo el RESICO.
6. Aprende a generar tus facturas de venta
Para emitir las facturas con las que compruebes las actividades que realizas, los ingresos que percibes o la retención de impuestos que hagas, cuentas con diversas modalidades como: la app gratuita del SAT, aplicaciones con costo con algún proveedor de certificación y la factura fácil a través de “Mis cuentas”.
En cualquier caso, el proceso a seguir es:
- Ingresa a la aplicación.
- Captura los datos de autenticación como e.firma y contraseña.
- Rellena el formulario para general la factura con todos los datos señalados.
- Sella tu factura.
- Descarga la versión .xml y .pdf de tu factura.
El RESICO es una forma sencilla y ágil en la que los emprendedores y pequeñas empresas pueden realizar sus declaraciones tributarias por ingresos realmente cobrados y con tasas progresivas.
Si aún no te has inscrito, ¡hazlo ya! El RESICO es la opción ideal para iniciar tu tributación este 2024.