¿Qué es el Impuesto sobre Nómina, ISN?
El Impuesto Sobre Nómina, ISN, es aquel que se aplica a los pagos efectuados en efectivo, servicios o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal prestado bajo la subordinación de un patrón. Asimismo, se aplica a todo tipo de patrón, sea persona física, autónomo, o moral, que tenga título de patrón o sean dueños de alguna empresa.
El pago de sueldos y prestaciones laborales está dentro de los conceptos que abarca el también llamado impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal.
A pesar de que es una contribución de carácter local, es decir, que cada una de las oficinas estatales de tesorería se encargan de su recaudación, la omisión o incumplimiento del pago de este puede generar sanciones o multas al patrón.
El ISN es un impuesto que se declara de forma mensual ante la Secretaría de Finanzas de la Entidad Federativa que corresponda y se debe abonar antes del 17 de cada mes. La aplicación de este tributo inicia desde el primer pago que se realice a los trabajadores.
¿Qué caracteriza al ISN?
Como hemos indicado, el Impuesto Sobre Nómina, ISN, es una obligación fiscal que deben realizar todos los patrones de México, pero la tasa del impuesto de cada uno de los negocios o patrones puede variar dependiendo del estado en el que se encuentre.
El ISN es un tributo local, el cual varía según el estado, así como también varían las leyes que lo respaldan, que se encuentran dentro del Código Financiero de cada uno de ellos.
Es decir, hay estados de México donde el monto de ISN es mucho menor y otros donde se supera las tasas comunes. Por ello es importante que tomes esto en cuenta a la hora de iniciar tu negocio.
¿Qué integra la base del ISN?
Cuando declaras el Impuesto Sobre Nómina, ISN, se declaran las siguientes primas que quedan cubiertas:
- Sueldos y salarios mensuales, quincenales o semanales.
- Tiempo extraordinario de trabajo.
- Premios, primas, bonos, estímulos e incentivos dados a los empleados.
- Comisiones.
- Compensaciones.
- Gratificaciones y aguinaldos.
- Primas de antigüedad.
- Participación patronal al fondo de ahorros.
- Pagos realizados a administradores, directivos, miembros de vigilancia u otros trabajadores de la empresa.
¿Qué no integra la base del Impuesto sobre Nómina, ISN?
Igualmente, la declaración del ISN no incluye los siguientes aspectos:
- Gastos funerarios de los trabajadores.
- Aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro, SAR.
- Jubilaciones o pensiones por retiro.
- Las primas correspondientes al IMSS y al ISSTE, Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
- Gastos derivados de la instalación de equipos, materiales o infraestructuras para el correcto desarrollo de la actividad.
- Gastos de representación y viáticos.
- Utilidades de participación en la empresa.
- Cuotas a abonar por los seguros obligatorios.
- Contrataciones de personal con discapacidades.
- Prestaciones de previsión social.
¿Cómo se calcula el ISN?
La tasa del Impuesto sobre Nómina oscila entre el 2.0 y el 3.0%, dependiendo del estado en el que se encuentre constituida la empresa o el negocio. Para cumplir con este tributo deberás declararlo cada mes ante la Secretaría de Finanza que te corresponda.
Es aconsejable realizar el cálculo del ISN a principios de cada mes para no tener problemas de tiempo. Para hacer el cálculo deberás revisar de manera correcta cada uno de los conceptos que abarca, así como aquellos que no, para obtener la base imponible.
El ISN es un impuesto que se compone de 2 elementos para realizar su cálculo: la base imponible y la tasa aplicable.
Tasa aplicable Impuesto Sobre Nómina, ISN, por entidad federativa en 2021
ISN | TASA % | MARCO JURÍDICO |
AGUASCALIENTES | 2.50% | Artículo 67. Ley de Hacienda del Estado de Aguascalientes y Artículo Segundo Transitorio Decreto 271. |
BAJA CALIFORNIA | 3.00% | Artículo 3. Ley de Ingresos del Estado de Baja California para el Ejercicio Fiscal 2021 (1.8% + 1.20 % de Sobretasa) |
BAJA CALIFORNIA SUR | 2.50% | Artículo 36. Ley de Hacienda del Estado de Baja California Sur |
CAMPECHE | 2.00% – 3.00% | Artículo 24. Ley de Hacienda del estado de Campeche |
CHIAPAS | 2.00% | Artículo 235. Código de Hacienda Pública para el Estado de Chiapas |
CHIHUAHUA | 3.00% | Artículo 75. Ley de Hacienda del Estado de Chihuahua |
COAHUILA | 2.00% | Artículo 24. Ley de Hacienda del estado de Coahuila |
COLIMA | 2.00% | Artículo 41 Q. Ley de Hacienda del estado de colima |
CIUDAD DE MÉXICO | 3.00% | Artículo 158. Código Fiscal de la Ciudad de México |
DURANGO | 2.00% | Artículo 5. Ley de Hacienda del Estado de Durango |
ESTADO DE MÉXICO | 3.00% | Artículo 57. Código Financiero del Estado de México y Municipios |
GUANAJUATO | 2.30% | Artículo 2. Ley de Ingresos para el Estado de Guanajuato para el Ejercicio Fiscal 2021. |
GUERRERO | 2.00% | Artículo 47. Ley de Hacienda del Estado de Guerrero |
HIDALGO | 3.00% | Artículo 24. Ley de Hacienda del Estado de Hidalgo |
JALISCO | 2.00% | Artículo 13. Ley de Ingresos del Estado de Jalisco para el Ejercicio Fiscal 2021. |
MICHOACÁN | 3.00% | Artículo 24. Ley de Hacienda del Estado de Michoacán de Ocampo |
MORELOS | 2.00% | Artículo *58-BIS-4. Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. |
NAYARIT | 2.00% | Artículo 87. Ley de Hacienda del Estado de Nayarit |
NUEVO LEÓN | 3.00% | Artículo 157. Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León |
OAXACA | 3.00% | Artículo 66. Ley Estatal de Hacienda |
PUEBLA | 3.00% | Artículo 16. Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el Ejercicio Fiscal 2021 |
QUERÉTARO | 2.00% | Artículo 72. Ley de Hacienda del Estado de Querétaro |
QUINTANA ROO | 3.00% | Artículo 6. Ley del Impuesto Sobre Nóminas del Estado de Quintana Roo. |
SAN LUIS POTOSÍ | 2.50% | Artículo 23. Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí |
SINALOA | 2.40% – 3.00% | Artículo 18. Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa |
SONORA | 2.00% | Artículo 216. Ley de Hacienda del Estado de Sonora |
TABASCO | 2.50% | Artículo 30. Ley de Hacienda del Estado de Tabasco |
TAMAULIPAS | 3.00% | Artículo 49. Ley de Hacienda del Estado de Tamaulipas |
TLAXCALA | 3.00% | Artículo 134. Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios |
VERACRUZ | 3.00% | Artículo 101. Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave |
YUCATÁN | 3.00% | Artículo 24. Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán |
ZACATECAS | 2.50% | Artículo 40. Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas |
De acuerdo a las tasas actuales, vamos a plantear un ejemplo para el cálculo del ISN.
Por ejemplo, si tenemos una empresa con 5 trabajadores y tras hacer la sumatoria de las remuneraciones obtuvimos un total de base imponible de 41,766 pesos.
Si nuestra empresa se encuentra en el Estado de México, donde la tasa de ISN es del 3%, el cálculo quedaría así:
- Base imponible: $41,766
- Tasa aplicable: 0,03%
- Pago de ISN: $1,252.98
Otro dato importante a conocer es que, desde septiembre de 2018, todas las declaraciones del Impuesto sobre Nómina se deben hacer mediante el Sistema de Administración de Contribuciones. El acceso a la plataforma se realiza a través del sitio web de la Secretaría de Administración y Finanzas de la CDMX. En el caso de que te encuentres en otra parte, deberás ingresar en la página de la secretaria de finanzas de tu estado.
Deberás contar con tu e.firma para poder darte de alta, baja, realizar trámites, pagos, presentar declaraciones o visualizar los estados de cuenta.
Toma en cuenta que si, en algún momento, decides suspender las actividades de tu negocio y aunque no se haya realizado el pago correspondiente a los salarios, aguinaldos u otras primas, deberás seguir declarando el ISN.
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